Viernes, Enero 11th, 2008 | Author: rubio

Acaba de salir publicado en el DOG la orden del 27 de diciembre de 2007 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones a las inversiones de las empresas en materia de las tecnologías de la información y las comunicaciones, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2008.

Dentro de estas subvenciones concedidas por la Consellería de Innovación e Industria, tenemos diversos apartados. Entre los gastos subvencionables se incluyen cuestiones como las siguientes:

 

  • Aplicaciones informáticas en las empresas para la Sociedad de la Información:
    • Implantación de aplicaciones informáticas basadas en código abierto y realizadas la medida para lo solicitante, o adaptación de librerías informáticas basadas en código abierto, destinadas a los sistemas de información y de gestión de la empresa solicitante.”
      • Gastos subvencionables:
        • Los corresponsales a la contratación externa para los desarrollos a medida de las aplicaciones y las adaptaciones en profundidad, siempre que se defina detalladamente el alcance de la adaptación o desarrollo, y que se diferencien inequívocamente de los gastos no subvencionables.
        • Instalación, migración, puesta en funcionamiento y formación de las citadas aplicaciones .
  • Apoyo al desarrollo del sector de las TIC:
    • Desarrollo de aplicaciones informáticas basadas en código abierto. Se entenderá cómo software de código abierto el ya descrito en este incluso artículo, en la actuación subvencionable anterior. En este tipo de actuación deberá identificarse claramente la licencia escogida tanto para el código fuente y binarios cómo para la documentación de uso y desarrollo por terceros. Cuando así lo establezcan las cláusulas de la licencia escogida, el beneficiario deberá facilitar el acceso público al código fuente de la aplicación informática desarrollada y a la documentación idónea para su uso por terceros, empleando sus medios propios u otros medios personales o públicos, como por ejemplo el repositorio público gallego de software libre (https://forja.mancomun.org).”

Para leer la convocatoria completa pulse en la siguiente ligazón:
http://junta.eres/Dog/Dog2008.nsf/FichaContenido/162La?OpenDocument

Para más información consulte los siguientes medios:

 

  1. La página web oficial de la consellería (www.conselleriaiei.org), en su epígrafe de ayudas y en la oficina virtual.
  2. El teléfono 981 54 55 83
  3. En la dirección electrónica axudas.dxpisi@xunta.es
  4. O presencialmente.

Para solicitar la ayuda deberá cubrir el formulario disponible a través de la siguiente dirección:
Ayudas las empresas en materia de la sociedad de la información

Asi incluso, para cuestiones generales sobre este u otros procedimientos, podrá hacerse uso del teléfono de información general de la Consellería de Innovación e Industria, que es el 981 54 43 41.

 

Otras ligazóns de interés:
Herramienta de Generación y Presentación Electrónica de Solicitudes a la Dirección General de Promoción Industrial y de la Sociedad de la Información

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